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Una policía para el siglo XXI - Samuel Vázquez & Josema Vallejo

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  • M Milites

    @Vorlon dijo en Una policía para el siglo XXI - Samuel Vázquez & Josema Vallejo:

    La Ley de FCSE es del año 86, es de las pocas orgánica del Estado que aún no han sido sustituidas.

    😁

    @Vorlon dijo en Una policía para el siglo XXI - Samuel Vázquez & Josema Vallejo:

    Y ojo¡¡ a los economistas y recortadores, un único cuerpo policial es una amenaza, algo mas propio de un régimen autocrático que democrático.
    Evidentemente paises de un pequeño tamaño puede ser su única opción.

    Totalmente de acuerdo. Y en muchos donde se ha unificado, si se estudia a fondo tampoco es una unificación total 100%.

    @Vorlon dijo en Una policía para el siglo XXI - Samuel Vázquez & Josema Vallejo:

    Sería una distribución por funciones y no por demarcaciones.

    Totalmente de acuerdo.
    Aunque alguien tiene que llevar la seguridad en las poblaciones de espacios vacíos.
    Además habría que extenderles funciones de PL de los municipios grandes cercanos.

    @Vorlon dijo en Una policía para el siglo XXI - Samuel Vázquez & Josema Vallejo:

    funciones de policía militar...

    Fundamental. Los reclutas lo agradecerían cuando pasa algo gordo.

    @Vorlon dijo en Una policía para el siglo XXI - Samuel Vázquez & Josema Vallejo:

    CNP sería las policías metropolitanas y Sheriff y la GC, el FBI,la DEA

    FBI, DEA, y en muchos casos Sheriff son policías judiciales, básicamente. FBI, DEA y ATP dependen del Departamento de Justicia, no de Seguridad.

    La mejor medida para España sería que la PJ dependiese de Justicia, porque en el uso que de facto hace Interior de las unidades de PJ, está la raíz de mucho del déficit democrático de ese ministerio. Y que dependan no como ahora, si no completamente. En España hasta 1986 siempre ha habido un cuerpo policial de investigación, desde mediados del s. XIX, aparte de la PJ, que es algo regulado en dos caras de un LECRIM "provisional" de hace 150 años cuando usaban pluma y quinqué.

    VorlonV Desconectado
    VorlonV Desconectado
    Vorlon
    escribió Última edición por
    #5

    @Milites dijo en Una policía para el siglo XXI - Samuel Vázquez & Josema Vallejo:

    Aunque alguien tiene que llevar la seguridad en las poblaciones de espacios vacíos.
    Además habría que extenderles funciones de PL de los municipios grandes cercanos.

    El Cuerpo que se haga cargo de la llamada "seguridad Ciudadana" en Exclusiva.
    Navarra tenia 42 puestos de la GC , La Foral ha desplegado cinco comisarias para todo el territorio. Ese es el modelo.
    Lo de las PL es un cajón desastre con normativas CCAA...hay localidades con su flamante Policía Local mejor pagados y con mas personal que el Puesto de la GC correspondiente y que se limitan a vigilar pasos de peatones , alguna verbena y llamán en cuanto pueden a la GC.
    Clarificar normas.

    La PJ española depende de los jueces,( no del ministerio de justicia que es simplemente gestionador ni siquiera para el trabajo de los mismos) es a ellos y bajo su mandato cuando inician, continuan y terminan investigaciones.
    Si el juez está interesado se continua, si no carpetazo.
    Es cuando el mando político interfiere cuando las cosas se tuercen .
    Bajo mi punto de vista es innecesario ese cambio.

    ¿Cual era el cuerpo se de investigación hasta el año 1986.?

    Por cierto se comenta que el otro cuerpo nacional esta acumulando informes por si acaso hay cambio de gobierno.

    Nunca atribuyas a la maldad lo que se explica adecuadamente por la estupidez»

    Tolkien. “El mal no puede crear nada nuevo, sólo corromper lo bello”.

    M 2 Respuestas Última respuesta
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    • VorlonV Desconectado
      VorlonV Desconectado
      Vorlon
      escribió Última edición por
      #6

      El 17 de septiembre de 1882 la Guardia Civil se consolida como el primer y único cuerpo policial de España en ser considerado Policía Judicial tras la publicación del Real Decreto de 14 de septiembre de ese mismo año, que aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal, cuyo precepto 283 establece que constituirán la Policía Judicial y serán auxiliares del Ministerio Fiscal, de los Jueces de instrucción, y de los municipales en su caso, entre otros, los Jefes, Oficiales e individuos de la Guardia Civil.

      En la actualidad, el artículo 126 de la Constitución Española hace referencia a la policía judicial y a su dependencia de los Jueces, Tribunales y del Ministerio Fiscal en sus funciones de averiguación del delito y descubrimiento del delincuente. Por su parte, la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en su artículo 29, señala que esas funciones de Policía Judicial serán ejercidas por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, si bien para el cumplimiento de dicha función otorga el carácter colaborador a la Policía de las Comunidades Autónomas y de las Corporaciones Locales.

      Luego viene la especialización de Unidad.

      Nunca atribuyas a la maldad lo que se explica adecuadamente por la estupidez»

      Tolkien. “El mal no puede crear nada nuevo, sólo corromper lo bello”.

      M 1 Respuesta Última respuesta
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      • VorlonV Vorlon

        @Milites dijo en Una policía para el siglo XXI - Samuel Vázquez & Josema Vallejo:

        Aunque alguien tiene que llevar la seguridad en las poblaciones de espacios vacíos.
        Además habría que extenderles funciones de PL de los municipios grandes cercanos.

        El Cuerpo que se haga cargo de la llamada "seguridad Ciudadana" en Exclusiva.
        Navarra tenia 42 puestos de la GC , La Foral ha desplegado cinco comisarias para todo el territorio. Ese es el modelo.
        Lo de las PL es un cajón desastre con normativas CCAA...hay localidades con su flamante Policía Local mejor pagados y con mas personal que el Puesto de la GC correspondiente y que se limitan a vigilar pasos de peatones , alguna verbena y llamán en cuanto pueden a la GC.
        Clarificar normas.

        La PJ española depende de los jueces,( no del ministerio de justicia que es simplemente gestionador ni siquiera para el trabajo de los mismos) es a ellos y bajo su mandato cuando inician, continuan y terminan investigaciones.
        Si el juez está interesado se continua, si no carpetazo.
        Es cuando el mando político interfiere cuando las cosas se tuercen .
        Bajo mi punto de vista es innecesario ese cambio.

        ¿Cual era el cuerpo se de investigación hasta el año 1986.?

        Por cierto se comenta que el otro cuerpo nacional esta acumulando informes por si acaso hay cambio de gobierno.

        M Desconectado
        M Desconectado
        Milites
        escribió Última edición por
        #7

        @Vorlon dijo en Una policía para el siglo XXI - Samuel Vázquez & Josema Vallejo:

        ¿Cual era el cuerpo se de investigación hasta el año 1986.?

        Cuerpo Superior de Policía 78-86
        Cuerpo General de Policía (Con división criminal) 41-78
        Cuerpo de Vigilancia/ Cuerpo de Investigación y Vigilancia 1887-1941
        Cuerpo de Protección y Seguridad (ya un poco prehistoria)

        No olvidemos que el CNP es una fusión (de ahí les viene el tema de pasaportes, extranjería y documentación, al que se aferran para pegarse con la GC por el tema Frontex)

        Tampoco olvidemos que la GC recibió las funciones del Cuerpo de Carabineros (fronteras, costas, contrabando etc...)

        Por que en España siempre hubo 4 cuerpos nacionales

        GC
        Policía de seguridad
        Cuerpo de Vigilancia e Investigación
        Cuerpo de Carabineros 1829-1940

        Desde 1940 sólo tres
        Y desde 1986 sólo dos

        A parte de que el Cuerpo Especial de Prisiones, actual CEIP, no era en tiempos lo mismo que ahora, era mucho más policial.

        @Vorlon dijo en Una policía para el siglo XXI - Samuel Vázquez & Josema Vallejo:

        La PJ española depende de los jueces,( no del ministerio de justicia que es simplemente gestionador ni siquiera para el trabajo de los mismos)

        Sí, lo he dicho bien. Que dependa orgánicamente del MJ. Otra cosa es la instrucción.

        1 Respuesta Última respuesta
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        • VorlonV Vorlon

          @Milites dijo en Una policía para el siglo XXI - Samuel Vázquez & Josema Vallejo:

          Aunque alguien tiene que llevar la seguridad en las poblaciones de espacios vacíos.
          Además habría que extenderles funciones de PL de los municipios grandes cercanos.

          El Cuerpo que se haga cargo de la llamada "seguridad Ciudadana" en Exclusiva.
          Navarra tenia 42 puestos de la GC , La Foral ha desplegado cinco comisarias para todo el territorio. Ese es el modelo.
          Lo de las PL es un cajón desastre con normativas CCAA...hay localidades con su flamante Policía Local mejor pagados y con mas personal que el Puesto de la GC correspondiente y que se limitan a vigilar pasos de peatones , alguna verbena y llamán en cuanto pueden a la GC.
          Clarificar normas.

          La PJ española depende de los jueces,( no del ministerio de justicia que es simplemente gestionador ni siquiera para el trabajo de los mismos) es a ellos y bajo su mandato cuando inician, continuan y terminan investigaciones.
          Si el juez está interesado se continua, si no carpetazo.
          Es cuando el mando político interfiere cuando las cosas se tuercen .
          Bajo mi punto de vista es innecesario ese cambio.

          ¿Cual era el cuerpo se de investigación hasta el año 1986.?

          Por cierto se comenta que el otro cuerpo nacional esta acumulando informes por si acaso hay cambio de gobierno.

          M Desconectado
          M Desconectado
          Milites
          escribió Última edición por
          #8

          @Vorlon dijo en Una policía para el siglo XXI - Samuel Vázquez & Josema Vallejo:

          El Cuerpo que se haga cargo de la llamada "seguridad Ciudadana" en Exclusiva.

          El CNP llevando seguridad ciudadana en pueblos??

          Osado, pero estoy de acuerdo en lo que planteas,
          Quizás necesitase un período intermedio.

          Y la GC sus funciones aunque estén en una ciudad. Yo por ejemplo metía transportes: aeropuertos, trenes, estaciones, instalaciones y centros de interés, embajadas, centrales energeticas, etc... aunque estén en medio de Madrid.

          Como como la Marechausse holandesa.

          Lo único el mar. Yo tengo la idea de que es algo que por su especificidad logística, normativa, organizativa, formativa etc... puede ser complicado. Pero si Quizás aligeras otras cosas puede encajar. La verdad no lo sé.

          LazarusL 1 Respuesta Última respuesta
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          • VorlonV Vorlon

            El 17 de septiembre de 1882 la Guardia Civil se consolida como el primer y único cuerpo policial de España en ser considerado Policía Judicial tras la publicación del Real Decreto de 14 de septiembre de ese mismo año, que aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal, cuyo precepto 283 establece que constituirán la Policía Judicial y serán auxiliares del Ministerio Fiscal, de los Jueces de instrucción, y de los municipales en su caso, entre otros, los Jefes, Oficiales e individuos de la Guardia Civil.

            En la actualidad, el artículo 126 de la Constitución Española hace referencia a la policía judicial y a su dependencia de los Jueces, Tribunales y del Ministerio Fiscal en sus funciones de averiguación del delito y descubrimiento del delincuente. Por su parte, la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en su artículo 29, señala que esas funciones de Policía Judicial serán ejercidas por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, si bien para el cumplimiento de dicha función otorga el carácter colaborador a la Policía de las Comunidades Autónomas y de las Corporaciones Locales.

            Luego viene la especialización de Unidad.

            M Desconectado
            M Desconectado
            Milites
            escribió Última edición por Milites
            #9

            @Vorlon

            Si, si la norma es esa. Junto con el título III de la Lecrim de 1882 escrita por Alonso Martinez. Que escribiría con un quinqué.

            Esa ha sido la norma en la Restauración, con Alfonso XIII, en la II República, en la Democracia Orgánica del Caudillo por la G. De Dios (aunque el mismo era fuente de derecho, a veces ni se sabía que jurisdicción debía fusilar a alguien, pero en vigor estaba), y con los borbones remastered.

            Todo juez civil de instrucción que ha cogido una carpetita, y ha instruido algo, lo ha hecho con esa venerable y ajada norma.

            A lo que voy no es a la creación de una PJ tipo portugués, ni al tipo kripo alemán, ni siquiera a resucitar la brigada criminal del CGP, ni a los detectives ingleses. Voy a que la policía judicial de una audiencia debería tener un único jefe por audiencia, por ejemplo 3 años GC, 3 años PN, que reciba las órdenes de la Audiencia y gestione los recursos desde arriba. Y su jefe regional igual, y así arriba hasta un jefe civil del Ministerio de Justicia.

            Algo así como un cuerpo jurídico de las FAS. Que, por seguir el tema peliculero, los detectives sean del uniforme que sean a partir de la provincia tengan una sola línea hacia Justicia. No hacia Interior, ese es el matiz. Y en la práctica, no en la teoría.

            Y que además los recursos técnico- científicos (el Instituto Nacional de Toxicologia es de la misma época venerable de la Restauracion), los archivos y bases de datos sean gestionados por Justicia.

            Obviamente Interior va a decir que tururú corneta (y los altos uniformados que hacen carrera ahi). Que así uno no puede hacer carrera manipulando la justicia.

            1 Respuesta Última respuesta
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            • M Milites

              @Vorlon dijo en Una policía para el siglo XXI - Samuel Vázquez & Josema Vallejo:

              El Cuerpo que se haga cargo de la llamada "seguridad Ciudadana" en Exclusiva.

              El CNP llevando seguridad ciudadana en pueblos??

              Osado, pero estoy de acuerdo en lo que planteas,
              Quizás necesitase un período intermedio.

              Y la GC sus funciones aunque estén en una ciudad. Yo por ejemplo metía transportes: aeropuertos, trenes, estaciones, instalaciones y centros de interés, embajadas, centrales energeticas, etc... aunque estén en medio de Madrid.

              Como como la Marechausse holandesa.

              Lo único el mar. Yo tengo la idea de que es algo que por su especificidad logística, normativa, organizativa, formativa etc... puede ser complicado. Pero si Quizás aligeras otras cosas puede encajar. La verdad no lo sé.

              LazarusL Conectado
              LazarusL Conectado
              Lazarus
              escribió Última edición por
              #10

              @Milites dijo en Una policía para el siglo XXI - Samuel Vázquez & Josema Vallejo:

              Lo único el mar. Yo tengo la idea de que es algo que por su especificidad logística, normativa, organizativa, formativa etc... puede ser complicado. Pero si Quizás aligeras otras cosas puede encajar. La verdad no lo sé.

              Igual es estupido pero... vamos alla: si tenemos ejercito de tierra y armada, tanto costaria tener Guardia Civil y Servicio de Guarda Costas ?
              Ambos con normativa militar, uno en tierra y el otro en el mar.

              1 Respuesta Última respuesta
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              • VorlonV Desconectado
                VorlonV Desconectado
                Vorlon
                escribió Última edición por
                #11

                @Milites : Ya es así, estás mezclando lo orgánico con lo operativo.

                @lazarus; como tantas veces hablado, tantos artículos a favor y tantas horas de debate, Si se debería crear un servicio específico de Guardacostas.
                Militar.

                Nunca atribuyas a la maldad lo que se explica adecuadamente por la estupidez»

                Tolkien. “El mal no puede crear nada nuevo, sólo corromper lo bello”.

                M 1 Respuesta Última respuesta
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                • VorlonV Vorlon

                  @Milites : Ya es así, estás mezclando lo orgánico con lo operativo.

                  @lazarus; como tantas veces hablado, tantos artículos a favor y tantas horas de debate, Si se debería crear un servicio específico de Guardacostas.
                  Militar.

                  M Desconectado
                  M Desconectado
                  Milites
                  escribió Última edición por
                  #12

                  @Vorlon dijo en Una policía para el siglo XXI - Samuel Vázquez & Josema Vallejo:

                  Ya es así, estás mezclando lo orgánico con lo operativo.

                  Sí, lo estoy mezclando. Porque, en mi opinión, debería estar mezclado. Se copia en esto la estructura militar, que la que han heredado las FFCCSSEE, y lo que digo es que no debería ser así en este aspecto concreto. Porque en la práctica se producen muchas disfuncionalidades e intromisiones del ejecutivo (lease uno de tus últimos post donde se dice que hay un cuerpo que está guardando papeles por si ha cambio de gobierno).

                  Se distancia lo teórico de lo real u oficial. No sé si alguien ha trabajado en una UTE. Teóricamente tiene un gerente de la UTE y un jefe de administración de la UTE de la otra empresa, por ejemplo, y unos trabajadores de las dos empresas cedidos.

                  En teoría todos los que formamos parte de la UTE seguimos la estructura de la UTE, con sus jefes. En la práctica no. Todos somos fieles como perros a nuestros jefes de fuera de la UTE. Y hacemos lo que nos dicen ellos. No el jefe de la UTE si es de la otra empresa. Al final son dos empresas separadas, aunque el CIF diga otra cosa. Y se nota.

                  Es un ejemplo, no sé si me explico. Así me han explicado que ocurre en la realidad.

                  VorlonV 1 Respuesta Última respuesta
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                  • M Milites

                    @Vorlon dijo en Una policía para el siglo XXI - Samuel Vázquez & Josema Vallejo:

                    Ya es así, estás mezclando lo orgánico con lo operativo.

                    Sí, lo estoy mezclando. Porque, en mi opinión, debería estar mezclado. Se copia en esto la estructura militar, que la que han heredado las FFCCSSEE, y lo que digo es que no debería ser así en este aspecto concreto. Porque en la práctica se producen muchas disfuncionalidades e intromisiones del ejecutivo (lease uno de tus últimos post donde se dice que hay un cuerpo que está guardando papeles por si ha cambio de gobierno).

                    Se distancia lo teórico de lo real u oficial. No sé si alguien ha trabajado en una UTE. Teóricamente tiene un gerente de la UTE y un jefe de administración de la UTE de la otra empresa, por ejemplo, y unos trabajadores de las dos empresas cedidos.

                    En teoría todos los que formamos parte de la UTE seguimos la estructura de la UTE, con sus jefes. En la práctica no. Todos somos fieles como perros a nuestros jefes de fuera de la UTE. Y hacemos lo que nos dicen ellos. No el jefe de la UTE si es de la otra empresa. Al final son dos empresas separadas, aunque el CIF diga otra cosa. Y se nota.

                    Es un ejemplo, no sé si me explico. Así me han explicado que ocurre en la realidad.

                    VorlonV Desconectado
                    VorlonV Desconectado
                    Vorlon
                    escribió Última edición por
                    #13

                    @Milites dijo en Una policía para el siglo XXI - Samuel Vázquez & Josema Vallejo:

                    Sí, lo estoy mezclando. Porque, en mi opinión, debería estar mezclado.

                    No lo veo. Cualquier miembro de las FCSE es PJ porque está habilitado para investigar e instruir atestados con sus detenidos y presentarlos a un juez, algo que no pueden hacer las PL que son auxiliares.

                    Las unidades Orgánicas de ambos cuerpos, funcionan igual siguiendo las instrucciones del juez competente que será el marque el devenir de la investigación, dando o no dando la órdenes oportunas tanto para seguimientos,vigilancias, escuchas o las correspondientes detenciones, está todo regulado y vigilado por un juez.
                    Crear un cuerpo exclusivo de PJ es mala idea, porque estos miembros se nutren de las plantillas de los cuerpos, eso te permite flexibilidad, rotaciones, selección de los más idóneos y cambiar a los que no, tanto como a los que pierden condiciones psicofísicas como a los quemados.
                    Exactamente igual que en el resto de especialidades.

                    En mi opinión es tan mala idea como un cuerpo de antidisturbios específico , estas limitando la carrera del personal y de sus condiciones psicofísicas.

                    Las intromisiones del poder político las vas a tener, siempre, sea como sea el cuerpo, sus intereses no tienen porque coincidir con los intereses judiciales.
                    Pero cambiar de ministerio no soluciona nada, solo cambias al ministro que te va a dar la murga porque ambos, interior o justicia forman parte del ejecutivo, que no tiene que ver con el poder judicial ( o no debería) que debería ser en una sociedad democrática absolutamente independiente de los otros cuatro poderes del Estado.

                    Es depender del juez de turno, no del ministro.

                    Nunca atribuyas a la maldad lo que se explica adecuadamente por la estupidez»

                    Tolkien. “El mal no puede crear nada nuevo, sólo corromper lo bello”.

                    1 Respuesta Última respuesta
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                    • M Desconectado
                      M Desconectado
                      Milites
                      escribió Última edición por
                      #14

                      La limitación de carrera es obvia, la misma que tiene un neurólogo que no puede ser de digestivo, un mecánico de aviones que no puede pasarse a retro excavadoras, un medievalista que no puede ser antropólogo de la prehistoria, o uno de tráfico que no puede ser piloto, un juez que va a ser juez toda su vida.

                      Ser policía judícial es muy serio, es algo muy importante en un estado, no es un destino como la unidad de familia de una comisaría o el papeleo de intervención de armas . Es algo institucionalmente muchísimo más serio. además necesita mucha mayor formación.

                      Lo mismo se decía de las FAMET. Esto tiene que ser así, sin especialidad, porque es lo mejor, todos aportan, la carrera etc… llega Afganistán y a tomar por culo la bicicleta. Estaba todo regulado y claro.

                      También estaba claro quién debía proteger las embajadas. No? Igual no estaba claro. Resulta que los alemanes o los Marines o la gendarmería tienen unidades especializadas en despliegue y protección de embajadas en riesgo.

                      Por cierto, en España los jueces no dirigen la investigación. Instruyen la investigación.

                      Yo mi fuente es un abogado penalista, principalmente, y de banderita, no un hipi, que a veces me explica cómo funciona, de facto, esto. Ha sido acusación y defensa. Por ejemplo, en donde trabaja PN y GC nunca colaboran ni se ayudan. Independientemente de lo que diga el papel.

                      Solo planteo debate, igual no tengo razón.

                      VorlonV 1 Respuesta Última respuesta
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                      • M Milites

                        La limitación de carrera es obvia, la misma que tiene un neurólogo que no puede ser de digestivo, un mecánico de aviones que no puede pasarse a retro excavadoras, un medievalista que no puede ser antropólogo de la prehistoria, o uno de tráfico que no puede ser piloto, un juez que va a ser juez toda su vida.

                        Ser policía judícial es muy serio, es algo muy importante en un estado, no es un destino como la unidad de familia de una comisaría o el papeleo de intervención de armas . Es algo institucionalmente muchísimo más serio. además necesita mucha mayor formación.

                        Lo mismo se decía de las FAMET. Esto tiene que ser así, sin especialidad, porque es lo mejor, todos aportan, la carrera etc… llega Afganistán y a tomar por culo la bicicleta. Estaba todo regulado y claro.

                        También estaba claro quién debía proteger las embajadas. No? Igual no estaba claro. Resulta que los alemanes o los Marines o la gendarmería tienen unidades especializadas en despliegue y protección de embajadas en riesgo.

                        Por cierto, en España los jueces no dirigen la investigación. Instruyen la investigación.

                        Yo mi fuente es un abogado penalista, principalmente, y de banderita, no un hipi, que a veces me explica cómo funciona, de facto, esto. Ha sido acusación y defensa. Por ejemplo, en donde trabaja PN y GC nunca colaboran ni se ayudan. Independientemente de lo que diga el papel.

                        Solo planteo debate, igual no tengo razón.

                        VorlonV Desconectado
                        VorlonV Desconectado
                        Vorlon
                        escribió Última edición por
                        #15

                        @Milites dijo en Una policía para el siglo XXI - Samuel Vázquez & Josema Vallejo:

                        Ser policía judícial es muy serio, es algo muy importante en un estado, no es un destino como la unidad de familia de una comisaría o el papeleo de intervención de armas . Es algo institucionalmente muchísimo más serio. además necesita mucha mayor formación.

                        Creo que te equivocas profundamente y no conoces a la PJ española.

                        @Milites dijo en Una policía para el siglo XXI - Samuel Vázquez & Josema Vallejo:

                        Por cierto, en España los jueces no dirigen la investigación. Instruyen la investigación.

                        Por cierto, en España el juez Instructor, dirige, supervisa , incentivam instan, o disuaden líneas ,coordinan, tutelan las garantías procesales del investigado.
                        Y que Dios nos coja confesados y estas funciones se las dan a un fiscal.

                        En España, el juez instructor es la figura encargada de dirigir la investigación de un caso penal en la fase de instrucción. Su función principal es recopilar pruebas, practicar diligencias y asegurar que se cumplan las garantías procesales antes de que el caso pase a juicio. Aunque la policía judicial realiza materialmente las investigaciones bajo la dirección del juez, este último es el responsable de la dirección de la instrucción.
                        El juez instructor tiene las siguientes funciones:
                        Dirigir la investigación:
                        El juez organiza y supervisa todas las actuaciones necesarias para esclarecer los hechos y determinar si existe delito y quién podría ser el responsable.
                        Practicar diligencias:
                        El juez puede ordenar la práctica de pruebas, como la toma de declaraciones, la realización de informes periciales, o la inspección de lugares.
                        Asegurar garantías procesales:

                        El juez debe velar por que se respeten los derechos de todas las partes implicadas en el proceso, incluyendo el imputado, la víctima y el fiscal.
                        Decretar medidas cautelares:
                        El juez puede adoptar medidas cautelares, como la prisión provisional, cuando sea necesario para asegurar la presencia del investigado en el proceso o para proteger a la víctima.
                        Resolver recursos:
                        El juez instructor resuelve los recursos que se interpongan contra las decisiones que adopte durante la fase de instrucción.
                        Es importante destacar que, en la fase de instrucción, el juez instructor no juzga ni dicta sentencia, sino que prepara el caso para que pueda ser juzgado por un tribunal competente.

                        Nunca atribuyas a la maldad lo que se explica adecuadamente por la estupidez»

                        Tolkien. “El mal no puede crear nada nuevo, sólo corromper lo bello”.

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                        • M Desconectado
                          M Desconectado
                          Milites
                          escribió Última edición por
                          #16

                          Yo creo que no me explico bien, y uso palabras técnicas de derecho mal, y no soy capaz de expresar correctamente los cambios que haria. Me refería a que no dirige los aspectos técnicos.

                          También las respuestas son lo "formal". Muchas veces las cosas no funcionan Dan problemas en la práctica, en lo formal está todo claro.

                          En la práctica obviamente el 95 % de los temas no tienen repercusión pública política, o son manejables con la situacion actual, pero aunque la ley muy bendita dice que el sacrosanto juez dicta secreto de sumario y la policía judicial (y otros funcionarios puede que tambien) se lo pasa por el forro y se lo "venden" a sus superiores que según favores políticas lo manejan.

                          Eso no es división de poderes. La ley lo pone claro, pero las letras de la ley no saltan de papel a hacerla cumplir.

                          En teoría en el 11M el juez "dirigia" y ya vimos el esperpento. Con graves consecuencias incluso personales para miembros del CNP. Debacle de credibilidad institucional, división, fanatismo, altos cargos afines etc...

                          Y tantas otras. También podemos hablar de errores por falta de colaboración, rivalidades ínter e intra cuerpos, corporativismo, politica de reclutamiento de personal dudosilla, falta de estructura optimizada etc... no es el lugar un foro de defensa para esto, pero me han relatado casos concretos de primera mano. Y de fiscalia, tela.

                          Es de esas cosas de las que hablo de mejorar, por salud social y democrática. De todos modos todos los estamentos oficiales y sus miembros tienen cierts tendencia en todas partes a resistencia al cambio.

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