Dudas y asuntos policiales

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Notapor Hornblower el Jue Sep 06, 2007 12:10 pm

Orel escribió: "Usted siga y calle que estorba la circulación". Haciendo amigos, ¿eh?


Hubiera tardado menos en contestarte "Comprobación rutinaria señor" :roll:
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Notapor Mig el Jue Sep 06, 2007 3:57 pm

Hola:

¿Bajo que supuesto se puede registrar a alguien?

En cuanto a lo de la policia, lo que no entiendo es por que muchas veces los policias locales(en especial los de madrid[y ojo que tengo un familiar en ese"cuerpo"]) actuan como locos, les pueden pasar menos cosas, en caso de que se les valla la mano o que...
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Notapor murcielago supersonico el Jue Sep 06, 2007 4:11 pm

Muchas gracias Edu y Pablo por las respuestas. Abusando un poco más, y s¡ se puede responder ...

¿cómo puede un ciudadano normal (yo por ejemplo) saber si la identificación de esa persona es real? (es decir, que no es un chorizo con una placa/identificación de pega)

saludos
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Notapor Günter Prien el Jue Sep 06, 2007 4:26 pm

murcielago supersonico escribió:Muchas gracias Edu y Pablo por las respuestas. Abusando un poco más, y s¡ se puede responder ...

¿cómo puede un ciudadano normal (yo por ejemplo) saber si la identificación de esa persona es real? (es decir, que no es un chorizo con una placa/identificación de pega)

saludos


Hay varias formas,ante todo un agente del CNP se identifica mediante su carnet profesional y su placa emblema. Si se trata de una de las llamadas "placas ful" no suelen llevar número inscrito en la parte inferior de la placa; si la copia en un poco mejor(los ETA usan siempre el mismo número) mira su carnet profesional. El del CNP actual es este q ha sido cambiado recientemente (por lo q foto también es reciente)

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Sobre la Guardia Civil no tienen placa emblema como la del CNP pero si carnet profesional; para facilitar su labor en la identificación como miembros de instituto armado lo acompañan con una placa, quedando la cosa así­ más o menos:

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Hace unos meses leí­ q en Ertzaintza también les estaban dando un nuevo carnet profesional sin placa. La cuestión es q cada vez q se identificaban la gente no les creí­an viendo solo el carnet y solicitaban patrullas uniformadas o llamaban a la "Sala" porque habí­an aparecido dos sujetos haciéndose pasar por policí­as. No sé si será cierto, pero donde este la placa :twisted:
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Notapor Edu el Jue Sep 06, 2007 5:29 pm

Mig escribió:Hola:

¿Bajo que supuesto se puede registrar a alguien?


En primer lugar, hay dos tipos de registros... el superficial o cacheo y el profundo.

El superficial puede llevarlo a cabo un funcionario policial legalmente habilitado para ello (a efectos prácticos: todos), y no supone ningún menoscabo de la libertad personal (según 2 providencias del TC). Consiste en buscar externamente en las ropas del ciudadano objetos frutos de un delito o para cometer éste, o elementos probatorios de una falta administrativa (como tenencia de drogas para consumo o armas).

No es necesario que se haya cometido previamente un delito o falta, basta con sospechar del mismo. Sin embargo, si el registro se realiza de manera capciosa (es decir: a mala idea) puede incurrirse en un delito de obstrucción de los derechos cí­vicos.

El ciudadano está obligado a someterse a dicho cacheo.

El registro profundo, aquel en el que se busca el interior de las oquedades corporales del detenido (casos de tráfico de droga, etc) está restringido a detenidos en lugares especialmente habilitados para ellos (no en la calle).

Mig escribió:En cuanto a lo de la policia, lo que no entiendo es por que muchas veces los policias locales(en especial los de madrid[y ojo que tengo un familiar en ese"cuerpo"]) actuan como locos, les pueden pasar menos cosas, en caso de que se les valla la mano o que...


Sobre la prepotencia y el mal hacer de las policí­as locales hay mucho escrito. Incluso existen asociaciones de perjudicados por las acciones de estos cuerpos. No obstante, basta que un grupo pequeño cause mala imagen para que esa imagen se transmita a todo el colectivo.

Según mi experiencia, el motivo por el que ALGUNOS policí­as locales trabajan peor que nacionales y GC es por su deficiente formación. Un miembro del CNP, como poco, se pasa 9 meses de formación (tres de ellos a distancia) en la Escuela General de la Policí­a en Ávila. Después tiene un periodo de 9 meses de práticas donde trabaja junto a un veterano, y finalmente, si aprueba todos los exámenes que hay a lo largo de su formación, comienza a trabajar como funcionario con el cargo jurado.

Un policí­a estudia asignaturas (entre otras) de derecho penal, administrativo, redacción de atestados, psicologia, sociologí­a, deontologí­a, inglés, informática, tiro, defensa personal, técnicas de investigación y técnicas de seguridad ciudadana.

Por su parte, la Policí­a Local tiene un periodo de formación de seis meses más tres de prácticas, y gran parte de su temario se refiere a ordenanzas municipales y labores de control de tráfico y alcoholemia.

murcielago supersonico escribió:¿cómo puede un ciudadano normal (yo por ejemplo) saber si la identificación de esa persona es real? (es decir, que no es un chorizo con una placa/identificación de pega)


A lo dicho perfectamente por Gí¼nter Prien, sólo añadir un par de detalles:

Efectivamente, fijaros más en el carnet que en la placa-emblema: son más difí­ciles de falsificar. No os fieis de quien enseña una placa sin carnet asociado. Las placas, como ha dicho Gí¼nter, siempre llevan su número, en tinta negra y todos los números iguales, en un tamaño grande (ocupan todo el espacio destinado a ellos).

La placa del CNP es metálica, dorada (aunque el baño tiende a irse con el tiempo y se queda más plateada), con un cí­rculo azul oscuro (las copias suelen ser de azul más claro) alrededor.

Los llamados "policí­as ful" suelen ser, por lo general, extranjeros, muy a menudo paquistaní­es (que se parecen a un español tanto como un higo a una castaña), y su objetivo son los turistas, a los que tratan de desposeer de sus euros con la excusa de que "son falsos".
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Notapor Pablo el Vie Sep 07, 2007 11:13 am

Vaya Gí¼nter Prien como curras las post :) con foto incluida (¿eres fotógrafo o profesor de historia :D ? :) , en fí­n lo único que puedo decir es que al proceder al cacheo de cualquier persona no es tan sencillo como puede parecerlo, lo primero hay que tener indicios o sospechas fundadas en algo, vamos que no puede ser por mero capricho o que fulanito tiene malas pintas o lo que sea. Cuando se realice el cacheo siempre tendrá que hacerse por personal del mismo sexo. Decir que seguro que muchas veces habréis observado como en las proximidades de los colegios, lugares de ocio personal policial suele registrar a la gente, normalmente para evitar el consumo/trapicheo de drogas, portar armas etc. Como ya dijo Edu el ciudadano no puede negarse a someterse al cacheo, aunque al igual que una identificación el agente está obligado a darle explicaciones.

Las policias locales hoy en dí­a suelen estar muy preparadas, también depeden del personal y el interés que muestre cada uno, pero en general suelen estarlo, realizan continuamente cursillos, que ojalá otros cuerpos pudieramos hacer lo mismo :( . En fí­n, el problema que veo en los excesos de las policí­as locales sea tal vez porque en la mayorí­a de los casos el régimen interno es nulo, y salvo que sean denunciados judicialmente pues no se les sanciona, ahora también hay que decir que excesos los hay en todos los cuerpos, recordar las imágenes televisivas de unos detenidos por un cuerpo de policí­a autonómico.

Sobre lo que preguntaba murciélago supersónico, pues con la post de Gí¼nter Prien que se puede añadir :D , solo rezar a Dios y que sea de verdad, hace poco salió en los medios que detuvieron ciudadanos de origen Iraní­ que se hací­an pasar por agentes, la verdad si alguien te muestra una placa no creo que te pares a mirar si es verdadera o falsa, pero si te sirve de ayuda hoy como todo el mundo tiene móvil, si te resulta sospechoso llama al 112 - 091- 092 -062 y lo explicas, así­ tendrás la certeza de que son agentes de verdad.

Saludos.-
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Notapor Günter Prien el Vie Sep 07, 2007 11:46 am

Pablo escribió:Vaya Gí¼nter Prien como curras las post :) con foto incluida (¿eres fotógrafo o profesor de historia :D ? :)


Uno q tiene muchas aficiones :roll: :wink: Por cierto, muy buenas y clarificantes vuestras intervenciones Pablo y Edu
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Notapor murcielago supersonico el Vie Sep 07, 2007 5:17 pm

De nuevo muchas gracias por vuestas respuestas.

saludos
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Notapor Edu el Sab Sep 08, 2007 3:19 pm

Mi idea al abrir este hilo no era sólo responder dudas, sino también comentar formas de actuar y circunstancias que difieren en lo que estamos acostumbrados a ver en la tele, en las pelí­culas USA.

Hoy quiero hablar de los derechos del detenido.

Como en todos los paises democráticos, cuando una persona es detenida pierde gran parte de los derechos, especialmente el derecho a la libertad, ya que va a estar custodiado por agentes de la autoridad hasta que un juez disponga su regreso a la calle o su internamiento en prisión (o en otros centros especiales en casos peculiares). Durante ese periodo, el ciudadano se rige por un regimen especial, que viene en el artí­culo 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Para que os hagais una idea, este artí­culo es tan importante que en la Escuela General de Policí­a nos hacen aprendérnos de memoria hasta en inglés el apartado 2 de ese artí­culo...

ley de enjuciamiento criminal escribió: Toda persona detenida o presa será informada, de modo que le sea comprensible, y de forma inmediata, de los hechos que se le imputan y las razones motivadoras de su privación de libertad, así­ como de los derechos que le asisten y especialmente de los siguientes:

Derecho a guardar silencio no declarando si no quiere, a no contestar alguna o algunas de las preguntas que le formulen, o a manifestar que sólo declarará ante el Juez.

Derecho a no declarar contra sí­ mismo y a no confesarse culpable.

Derecho a designar Abogado y a solicitar su presencia para que asista a las diligencias policiales y judiciales de declaración e intervenga en todo reconocimiento de identidad de que sea objeto. Si el detenido o preso no designara Abogado, se procederá a la designación de oficio.

Derecho a que se ponga en conocimiento del familiar o persona que desee, el hecho de la detención y el lugar de custodia en que se halle en cada momento. Los extranjeros tendrán derecho a que las circunstancias anteriores se comuniquen a la Oficina Consular de su paí­s.

Derecho a ser asistido gratuitamente por un intérprete, cuando se; trate de extranjero que no comprenda o no hable el castellano.

Derecho a ser reconocido por el Médico forense o su sustituto legal y, en su defecto, por el de la Institución en que se encuentre, o por cualquier otro dependiente del Estado o de otras Administraciones Públicas.


Cuando se detiene a una persona, se le comunica verbalmente el motivo de su detención y los derechos que habéis podido leer aquí­ arriba. Posteriormente, en Comisarí­a, se le proporciona una copia por escrito, preferiblemente en su idioma, que debe firmar como indicación de que se le han comunicado esos derechos. Si se negase a firmar, el funcionario diligencia este hecho, que no tiene mayor importancia.

Ahora vienen los detalles que los detenidos y sus familiares una y otra vez preguntan.

1) El detenido no tiene derecho a realizar llamada alguna. Es la policí­a la que llama a la persona que el detenido indique y le comunica que esa persona se encuentra en custodia policial en tal dependencia.

2) El familiar no tiene derecho a que le digan el motivo de la detención. Sólo el hecho de que esa persona está detenida. Eso sirve para salvaguardar la privacidad del detenido, así­ como para evitar dar pistas a un posible cómplice para que destruya pruebas o desaparezca.

3) El detenido no puede hablar con su abogado hasta después de su declaración formal. El abogado, en una declaración, sólo está presente para comprobar que todo se desarrolla de acuerdo a derecho. No puede aconsejar a su detenido en uno u otro sentido.

4) El detenido no tiene derecho a que le visite persona alguna durante su estancia en el calabozo. Ni familiares, ni amigos. Tan sólo la policí­a, para los interrogatorios, un médico si se encuentra mal y el abogado y personal de la embajada después de la declaración.

Bueno... pues por ahora, eso es todo. Dios quiera que nuna os veáis en tales, pero si os ocurre, ya sabéis a qué ateneros.

Saludos.
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Notapor Pablo el Dom Sep 09, 2007 10:16 am

A todo esto se podrí­a añadir el solicitar por parte del detenido "habeas corpus", que es lo que suelen solicitar los detenidos por terrorismo, ya que esto implica la inmediata puesta a disposición judicial del detenido, al existir un posible quebrantamiento de sus derechos. Cada vez que se detiene a una persona hay que comunicar el hecho de la detención al Juez de Guardia y siempre antes de que transcurran 24 horas, la Autoridad ordenará su posterior presentación si es que ya se terminaron todas las diligencias, en cualquier caso no podrá estar en caldiad de detenido en dependencias policiales más de 72 horas salvo que sean por delitos de terrorismo que se podrá ampliar ese horario en 48 horas más. Cuando una persona es detenida y se tiene la sospecha de que pueda destruir algún tipo de prueba también se podrá solicitar de la Autoridad Judicial la incomunicación del mismo, esto como todo tendrá que ser motivado. Decir que algunas personas al ser detenidas intentan autolesionarse para así­ denunciar al agente por lesiones :evil:

Saludos.-
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Notapor juan-rejon el Dom Sep 09, 2007 3:55 pm

A esto ha llegado la GC. ¡Qué verguenza y que pena!

http://es.youtube.com/watch?v=eLirVKSFr_Q
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Notapor Pablo el Dom Sep 09, 2007 4:22 pm

Hoy en dí­a con tanto móvil y tanta cámara, uno ya no sabe cuando lo están observando eh :) . Bueno juan-rejon, no sé a que refieres al decir "A esto ha llegado la Guardia Civil.....", sí­ es por la pasividad de un principio o tal vez el exceso :?: del final (o ambas), en cualquier caso desde mi punto de vista ante la situación de peligro que estaba causando el individuo en cuestión yo habrí­a actuado desde el primer momento con toda la fuerza requerida, pero eso sí­, agontando siempre todas las ví­as y que es mejor pecar por pasividad que por exceso, pero claro el lugar donde estaba, una ví­a transitada que incluso llega a tocar a un acompañante de una motocicleta pues se tendrí­a que haber reducido con anterioridad, eran tres y más que suficientes. En fí­n que durante una actuación de este tipo pueden pasar muchas cosas, no simplemente lo que se puede ver en el video, sino lo que puede pasar a posteriori, autolesionarse en el interior del vehí­culo, luego en las dependencias policiales, yo he visto gente pegándose cabezazos contra la pared, y lo peor luego esta gente todaví­a te denuncia por lesiones :evil: , por eso siempre se mira mucho a la hora de utilizar la fuerza.

Saludos.-
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Notapor juan-rejon el Dom Sep 09, 2007 4:35 pm

Pablo escribió:... yo he visto gente pegándose cabezazos contra la pared, y lo peor luego esta gente todaví­a te denuncia por lesiones :evil: , por eso siempre se mira mucho a la hora de utilizar la fuerza.

Saludos.-


Pues eso, que estan A-CO-JO-NA-DOS. Lo triste es que quien tiene que apoyarlos no lo hace. Estoy convencido que en paisese con larga tradición democrática esto no ocurre. Algunos responsables les han hecho perder el respeto. Seguro que el EEUU, Suecia, Alemania, RU o Francia esto no ocurre.

Ese individuo estaba poniendo en peligro, no solo a los motoristas sino a varios conductores, a parte de la mala imagen y el desprestigio, ante el resto de los ciudadanos, que produce. Así­ parte de la "escoria" de otros paises se nos viene aquí­ ( junto a gente, que bienvenida sea, que viene a trabajar)
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Notapor Hornblower el Dom Sep 09, 2007 4:45 pm

Oye Pablo por qué la GC (salvo las unidades de "antidisturbios") no lleva defensas de goma en el cinturón (no sé si en el maletero del coche cada pareja tendrá las suyas) como los policí­as nacionales, locales o autónomicos :?:
Estos han tenido que esperar a que los otros compañeros traigan unas, además diferentes entre sí­........
Así­ con todo, el ví­deo es de 2001, tal vez haya cambiando la cosa y todo coche lleve ahora una par de ellas (¡¡ que menos !!) pero yo al menos nunca he visto a un guardia de los "normales" con "porra".......
También creo que la actuación ha sido equivocada, si desde el primer momento le hubieran metido mano ¡¡entre tres!! de forma enérgica, se hubieran ahorrado todo el show y la pila de palos que le han terminado dando al final, ocupando en total a 6 guardias que no dejarí­an de hacer más falta en otra parte, ........

Saludos
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Notapor juan-rejon el Dom Sep 09, 2007 4:55 pm

Por mucho que se diga esto me recuerda al niño malcriado que por no castigarlo en su momento y dejarlo "hacer" hay que terminar por "darle una buena". Ha sido patetico :evil:

Pero, insisto, no creo que sea culpa de estos tres, sino de "los de arriba". Me da lo mismo que sea en el 2001 (PP). como en nel 2007 (zpsoe)
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